Sus efectos económicos serán retroactivos desde el 1 de Enero de 2020 y las empresas deberán abonar los atrasos de 2020 y 2021 en los tres meses siguientes a la publicación del VII Convenio en el Boletín Oficial del Estado.
Las nuevas tablas contemplan subidas salariales en todos los conceptos y para todos los trabajadores, niveles y categorías profesionales del 2% para 2020 y del 0,9% para 2021.
Además, como parte del acuerdo del VII Convenio, las futuras tablas salariales deberán ser aprobadas por la Comisión Negociadora dentro del plazo de tres meses siguientes a la publicación en el BOE de la Ley de Presupuestos Generales del Estado correspondiente o su prórroga.
DOCUMENTOS:
- Borrador del CONVENIO (que no entrará en vigor hasta su publicación en el BOE)
- TABLAS SALARIALES
SUBIDAS SALARIALES |
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2020 |
2021 |
2,00%en todos los conceptos y para todos los trabajadores, niveles y categorías |
0,9%en todos los conceptos y para todos los trabajadores, niveles y categorías |
Los efectos económicos serán retroactivos desde el 1 de enero de 2020 |
Los atrasos salariales de 2020 y 2021 deben saldarse a los tres meses de la publicación del Convenio en el BOE |